PORTAL WEB MUNICIPAL
---
Horario: 8:00 AM a 4:00 PM

INFORMACIÓN DE OFICIO

¿Qué es Información Pública de Oficio?

La información que los sujetos obligados deben difundir, actualizar y poner a disposición del público en medios electrónicos de manera proactiva, sin que medie solicitud.

Artículo 10. Información pública de oficio.

Los Sujetos Obligados deberán mantener, actualizada y disponible, en todo momento, de acuerdo con sus funciones y a disposición de cualquier interesado, como mínimo, la siguiente información, que podrá ser consultada de manera directa o a través de los portales electrónicos de cada sujeto obligado.

Transparencia

Solicitudes Recientes

Fecha Solicitante
11/08/2025 José Mauricio Alvarez Girón
30/05/2025 Carlos Soto